La Conciliación Laboral


Por: Okairy Zúñiga

Tipos de conciliación laboral

  • Conciliación laboral individual. Es la conciliación que lleva un único trabajador con la empresa y puede abarcar temas relacionados con despidos, reclamo por falta de pago de cantidades determinadas, sanciones que la empresa estableció al trabajador y causas varias.

  • Conciliación laboral voluntaria. Este tipo de conciliación requiere el acuerdo entre las partes involucradas para que se lleven a cabo los acuerdos estipulados.

  • Conciliación laboral colectiva. Este tipo de conciliación es igual que la individual, solo que se lleva a cabo entre sindicatos o representantes laborales y empresas o patrones. De acuerdo a su nivel de obligatoriedad marcado en ley, esta conciliación laboral se divide en:

  • Convencional o facultativa. Es aquella conciliación en la las partes interesadas no están obligadas a llevarla a cabo. Aquí entran todas las negociaciones o conciliaciones relacionadas a establecimiento, aclaración o mejora de condiciones.

  • Legal u obligatoria. Es la conciliación que por ley se debe llevar a cabo, uno de los ejemplos más importantes es la huelga o paro. Acto que antes de ser llevado a cabo debe llevarse a cabo una conciliación, a fin de buscar un acuerdo entre las partes involucradas.

La conciliación laboral es un mecanismo de negociación que tiene como fin solucionar los problemas que se hayan generado dentro del ámbito laboral sin tener que recurrir a algún proceso más largo, caro y complicado; como podría ser la demanda laboral.

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