Colombia posee la oficina de patentes más ágil de Latinoamérica


Por: Andrea Barragán

En 2010, la Superintendencia tardaba aproximadamente 63 meses, lo que significa más de cinco años, en hacer efectiva la concesión de este derecho de propiedad industrial. Actualmente, la media se encuentra en 34 meses, menos de tres años, hecho que ha ocasionado que la oficina de patentes de Colombia se erija como la segunda más ágil del continente americano.

En un comunicado, el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo Del Castillo, ha explicado que estos datos positivos han sido fruto del aumento de personal en un 68%, así como al incremento del presupuesto, lo que ha permitido “atender no sólo más rápido las solicitudes de propiedad industrial, sino de mejor manera y en mayor cantidad”.

Proteger las marcas y las invenciones

Además de conceder a los usuarios el derecho de patente de invención, la Superintendencia de Industria y Comercio también registra modelos de utilidad, diseños industriales y marcas.

De acuerdo a este organismo colombiano, “la marca es el medio perfecto para proyectar la imagen del empresario, su reputación y hasta su estrategia comercial” y es por ello que puede llegar a tener incluso más valor que los activos tangibles pues es lo que posibilita que los consumidores identifiquen el producto. Entonces, registrar una marca le proporciona al empresario el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o muy parecidos con el objetivo de que los clientes no se confundan a la hora de adquirir un artículo cuando en realidad querían otro.

Según ha informado la SIC, también se han reducido los tiempos de resolución de solicitudes de marcas: si en 2010 se tardaba en decidir sobre su registro nueves meses; en 2012 se hacía, de media, en menos de seis meses.

Respecto a las invenciones, la Superintendencia recuerda que son dos los principales beneficios que obtiene el usuario por su registro. En primer lugar, su invento queda protegido por un tiempo concreto (10 años en el caso de los modelos de utilidad y 20, las patentes de invención), lo que significa que el creador gozaría de exclusividad en la explotación de dicho invento. En segunda y última instancia, la explotación implicará un beneficio económico para el propietario de la patente.

Solicitud de patentes en Colombia

La SIC define patente como “el privilegio que otorga el Estado al inventor como reconocimiento de la inversión y esfuerzos realizados por éste para llegar a la invención que aporta una solución técnica a la humanidad”. Pero, ¿qué se puede patentar? Por ejemplo, las ideas no pueden protegerse, así como tampoco los descubrimientos, seres vivos, software, teorías científicas, etc.

En esta línea, para que se pueda patentar, el invento debe cumplir tres requisitos: que sea novedoso, que tenga nivel inventivo y que posea aplicación industrial. Si reúne estas tres condiciones hay que presentar la solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio, debiendo:

  • Descargar y rellenar el denominado Formulario Único de Solicitud de Patente PI02- F01.

  • Realizar el pago de la tasa correspondiente para la presentación de la solicitud (aproximadamente 500.000 pesos colombianos, aunque varía cada año).

  • Adjuntar los siguientes documentos: resumen de la invención, una o varias reivindicaciones que precisen la materia para la cual se solicita la protección, figuras o dibujos y comprobante de pago.

Tras la presentación de la solicitud, la SIC examinará que cumpla con todos los requisitos mínimos exigidos para poder admitirla a trámite. Una vez aceptada, el organismo efectúa un examen de forma. Si hubiera algún requerimiento en esta etapa, el solicitante será informado.

Si está todo correcto, el individuo no tiene que hacer nada y es la propia SIC quien publica la solicitud de patente de invención a los 18 meses (12, en los modelos de utilidad), contados desde la fecha de su presentación, en la Gaceta de Propiedad Industrial.

Durante la fase de publicación, es posible que terceras personas presenten una demanda de oposición, quienes disponen de 60 días hábiles para hacerlo. Vencido este plazo y si no fue formulada ninguna, lo siguiente es solicitar el examen de patentabilidad, pagando la tasa correspondiente y dentro de los seis meses desde la fecha de publicación (tres, en el caso de los modelos de utilidad). La cuantía depende de si es patente de invención (más o menos 480.000 pesos) o de modelo de utilidad (320.000 pesos). Además, si el solicitante es una pyme, sólo pagaría el 75%.

En todo el proceso es muy importante estar pendiente del “estado de solicitud” de la patente, que puede consultarse en cualquier momento desde la página web de la SIC. Sobre todo, en este punto del procedimiento en el que la decisión final sobre su concesión o denegación se aproxima.

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