Tipos de Contratos Laborales en España


Por: Mayka Jiménez

Contratos de duración indefinida

Su principal característica es que el contrato no está afectado por ninguna limitación temporal. 

Dentro de esta tipología encontramos los siguientes contratos:

- Contrato indefinido bonificado: su objetivo es promover el empleo estable entre los trabajadores que actualmente cuentan con un contrato temporal, así como entre los desempleados. 

Dentro de este tipo de contrato se encuentran, a su vez, las modalidades de contrato indefinido para:

  • Mujeres desempleadas.
  • Jóvenes entre 16 y 30 años.
  • Desempleados inscritos como demandantes de empleo durante seis o más meses.
  • Para mayores de 45 años.
  • Para desempleados con responsabilidades familiares.

- Contrato indefinido para emprendedores: es una de las novedades de la reforma laboral, permite a las empresas de menos de 50 trabajadores ahorrarse 3.000 € del coste laboral del primer trabajador menor de 30 años que contraten.

Contratos de duración determinada

Son aquellos cuya peculiaridad es que el propio contrato establece el tiempo concreto durante el cual el trabajador prestará servicios en la empresa.

Dentro de este tipo se encuentran los siguientes contratos:

- Contratos formativos: pueden celebrarse con personas que hayan finalizado su formación universitaria o su formación profesional en los cuatro años inmediatamente anteriores a la contratación o seis años anteriores si se trata de personas discapacitadas. Su objetivo es que el trabajador entre en el mundo laboral y adquiera experiencia práctica en cuestiones relacionadas con su formación académica.

- Contrato de relevo: su objetivo es sustituir a un trabajador de la empresa que pase a situación de jubilación parcial con otro trabajador inscrito en el Servicio Público de Empleo.

- Contrato de interinidad: su principal objetivo es cubrir vacantes transitorias en la empresa. Existen varios tipos:

  • Por sustitución: pretende cubrir bajas o ausencias temporales por enfermedad, excedencias o vacaciones.
  • Por vacante: para cubrir transitoriamente un puesto de trabajo hasta que finalice el proceso de selección que determinará quien debe ocupar el puesto definitivamente.
  • Por maternidad: el objetivo es sustituir a la trabajadora que se encuentra de baja por maternidad o por riesgo durante el embarazo.

- Contrato de inserción laboral: sólo pueden celebrarlo las Administraciones Públicas y las entidades sin ánimo de lucro, con trabajadores desempleados para realizar obras o servicios de interés general o social.

- Contrato por obra o servicios determinados: para la realización de tareas que tienen autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa.

- Contrato eventual por circunstancias de la producción: se celebra cuando hay una acumulación de tareas o un exceso de pedidos, aunque se trate de la actividad normal de la empresa.

Contratos para facilitar la inserción de personas con discapacidad

- Contrato indefinido para trabajadores con discapacidad: debe mantenerse la estabilidad laboral del trabajador contratado durante al menos 3 años. Puede ser a jornada completa o a tiempo parcial.

- Contrato temporal para trabajadores con discapacidad: su duración debe estar entre 12 meses y 3 años. Debe tratarse siempre de un contrato a jornada completa.

- Contratos formativos celebrados con trabajadores con discapacidad: en estos casos la empresa puede beneficiarse de una reducción del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de este tipo de trabajadores.

X

Ayúdanos a servirte mejor

Por favor complete todos los campos.

No requerimos de tu información personal.